martes, 16 de septiembre de 2014

Nuevo BLog



Algunos nos habéis comentado que no hemos escrito nada en este blog, este era el blog para la candidatura de ELA.
Ahora que ya tenemos comité se ha creado un blog nuevo, ahí nos podéis seguir y consultar todas vuestras dudas.

Un saludo

jueves, 29 de mayo de 2014

Eskerrik asko denoi!!!!!

En primer lugar, muchas gracias a todos vosotros, trabajadores y trabajadoras de Serikat. Gracias a tod@s por votar, participar y aguantar este largo proceso electoral.

Ahora toca un duro trabajo para todos. Nos vemos con mucha fuerza y mucha ilusión por acometerlo.

La gran cantidad de votos, 132, un 86,84% da a este comité una fuerza muy importante para llevar acabo el cometido de representaros a todos y a cada uno de vosotros.

Tal y como ya se ha hecho público, estos son los resultados de las votaciones de ayer:







Los 9 delegados del Comité son los siguientes:
  • Ruben Paramio
  • Aitor Merino
  • Jon  Palazon
  • Miren Aldekoa
  • Jasone Martin
  • Estibaliz Sierra
  • Asier Rodero
  • Gorka Alonso
  • Oscar Baños


martes, 20 de mayo de 2014

DECLARACIÓN DE INTENCIONES


QUIÉNES SOMOS
  • Esta candidatura está formada por trabajadores
    • No tenemos ninguna vinculación con la empresa más allá de la laboral. Por lo cual siempre estaremos por y para defender los derechos de TODOS los trabajadores, sea cual sea su estatus, ante la empresa.
  • Somos una candidatura plural.
    • No estamos atados ideológicamente al sindicato ELA, el cual nos respalda. De hecho, la mayoría de los miembros de esta candidatura no están afiliados a ningún sindicato. ELA conoce nuestra postura y la respeta.
  • Origen en las personas.
    • Estamos respaldados por ELA, pero la candidatura no surgió del sindicato, surgió de las personas. Tras algunos acercamientos a lo largo del tiempo entre nosotros, ELA estuvo en el momento justo en que nos decidimos a dar el paso, para todos lo que primaba, más allá de las afiliaciones es que los trabajadores pudieran estar representados y por esto, tenemos la oportunidad de formar este comité.
INTENCIONES
  • Formar un verdadero órgano de representación de todos los trabajadores.
  • Desde esta candidatura siempre se escuchará a los trabajadores, el comité es una herramienta para que los trabajadores puedan estar representados y realizar acciones de manera conjunta.
  • Defenderemos los derechos de los trabajadores siempre que haya un problema y esté en nuestra mano la oportunidad de resolverlo.
  • Las acciones que realicemos en aras de proteger a los trabajadores no perjudicarán a la mayoría para favorecer a una minoría.
  • Siempre que haya discrepancias ante un problema y sea posible, preguntaremos a todos nuestros compañeros, si es necesario mediante la convocatoria de asambleas, para hacer de vuestra opinión nuestra acción.
  • Representar a los trabajadores desde la pluralidad sin ninguna ideología marcada.
  • Publicaremos las horas sindicales que cada miembro de nuestra candidatura elegido para el comité utilice.
  • Luchar contra un gran número de vulneraciones de los derechos de los trabajadores que podemos ver día a día.
    • Modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo en general.
    • Modificaciones en la nómina.
    • Absorción de antigüedades.
    • ‘Vacaciones’ obligadas.
    • Reducciones de jornada obligadas.
    • Despidos  que esconden EREs encubiertos.
    • Categorías irreales.
    • Horas extras no retribuidas.
    • Dietas para desplazamientos.
    • ……
  • Nuestra intención no es sólo la protección y defensa de los trabajadores contra estas vulneraciones, sino también conseguir mejoras en sus condiciones laborales.
    • Planes de formación.
    • Jubilaciones.
    • Conciliación de la vida familiar.
    • Seguridad.
    • Salud.
    • Instalaciones adecuadas para los trabajadores (comedor,...).
    • ….

Todo esto lo haremos con el respaldo que nos da el artículo 64 del estatuto de los trabajadores y que tenemos resumido en una entrada de nuestro blog Derechos del comité de empresa (Artículo 64 - Estatuto de los Trabajadores)”, el sindicato ELA que nos ofrece un equipo de abogados y economistas expertos en materia laboral, y por supuesto con nuestro trabajo y vuestro apoyo.
Somos conocedores de que conseguir cada una de estas cosas es muy complicado pero no tengáis duda que lo vamos a intentar.
Como siempre animaros una vez más a votar, la fuerza del comité depende del respaldo que reciba de sus trabajadores, ahora en elecciones, y siempre.

 

CANDIDATURA


miércoles, 14 de mayo de 2014

Compañeros en lista de CCOO

Buenos días, 

Como algunos pudisteis notar ayer día 13 de Mayo, dos compañeros estaban presentes en la dos candidaturas. La decisión de pertenecer a la candidatura de CCOO la han tomado despues de entregar nuestra lista con el orden establecido, una hora antes del cierre de la entrega de actas,  por lo que no hemos tenido tiempo suficiente para realizar los cambios oportunos.
Los dos miembros que han pasado a la otra candidatura estaban en nuestra lista como sustitutos (posiciones 11 y 18) por lo que la lista de 9 candidatos no sufre ninguna modificación. Sentimos que estas dos personas hayan tomado esta decisión, ya que han participado en nuestras actividades y en la votación interna realizada el 8 de Mayo para decidir el orden de nuestra candidatura, que hasta ayer también era la suya, y esperamos que estas decisiones no influyan a nadie a la hora de ejercer su voto el dia 28 de Mayo y conseguir un comité fuerte para los trabajadores de Serikat.

Recalcar que, nuestra candidatura sigue manteniendo, como lo ha hecho desde que empezamos este proceso, su pluralidad, teniendo miembros sin afiliación y afiliados a 3 sindicatos diferentes.

Por estas causas, y muy a pesar nuestro, nos vemos obligados a enviaros nuestra lista de candidatos actualizada:
  1. Rubén Paramio
  2. Aitor Merino
  3. Jon Palazón
  4. Miren Aldekoa
  5. Jasone Martín
  6. Estibaliz Sierra
  7. Andoni Crespo
  8. Alberto Molinuevo
  9. Enrique Ganado
Sustitutos:
  1. Mertxe Villalpando
  2. Jon Hernández
  3. Juanjo Álvarez
  4. Amaia González
  5. Maitane Sobrón
  6. Jose Blazquez
  7. Adela Bilbao
Por otro lado damos la bienvenida a la nueva lista presentada deseándoles mucho éxito en la lucha por los derechos de los trabajadores de esta empresa.

También informar que la empresa ha denunciado el laudo por el cual se incluía a una compañera nuestra en el censo electoral, solo esperamos que esto no afecte a este proceso electoral y que nuestra compañera pueda estar lo antes posible trabajando a nuestro lado.

Un saludo a todos.

martes, 13 de mayo de 2014

Lista definitiva

Buenos días,

La lista definitiva para la candidatura, tras la votación interna realizada como os comentamos en la entrada anterior, queda ordenada de la siguiente manera:

  1. Rubén Paramio
  2. Aitor Merino
  3. Jon Palazón
  4. Miren Aldekoa
  5. Jasone Martín
  6. Estibaliz Sierra
  7. Andoni Crespo
  8. Alberto Molinuevo
  9. Enrique Ganado

  10. Sustitutos:
  11. Mertxe Villalpando
  12. Gorka Alonso
  13. Jon Hernández
  14. Juanjo Álvarez
  15. Amaia González
  16. Maitane Sobrón
  17. Jose Blazquez
  18. Adela Bilbao
  19. Oscar Baños

Desde aquí también queremos agradecer a Iñigo San Martín su esfuerzo y dedicación para conseguir un comité de trabajadores en Serikat, y desearle mucha suerte en su nueva andadura.

Deseamos que todos los trabajadores y trabajadoras ejerzan su derecho a voto y apoyen la creación de un comité de empresa en Serikat. La fuerza de un comité se basa en la fuerza que los trabajadores den a ese comité con su apoyo, y en este caso con sus votos.

Seguimos recalcando como venimos haciendo desde el principio nuestro carácter plural. En esta candidatura por el sindicato ELA, tenemos afiliados de CCOO, ELA y UGT, así como personas sin ningún tipo de afiliación. Una candidatura creada por los trabajadores para el beneficio de los trabajadores.

De cara a poder representar de la mejor manera posible vuestros intereses, nos gustaría que nos hicierais llegar vuestras dudas, preocupaciones o problemas que tengáis dentro del ámbito laboral en Serikat.
Todos nosotros estamos a vuestra disposición para cualquier duda o consulta que nos queráis realizar.

Un cordial saludo

miércoles, 7 de mayo de 2014

Creación de la lista definitiva y ordenada de la candidatura


Hace ya bastante tiempo que comenzó esta tarea de lograr que Serikat tuviera un comité de empresa.

Ha habido por el camino intentos que no consiguieron ver la luz (y compañeros que sin estar ya en la empresa formaron parte de dichos intentos), pero que sin duda sirvieron para afianzarnos más si cabe en la necesidad de la existencia de dicho comité con el fin de garantizar la defensa de los derechos que tenemos como trabajadores. Los miembros de esta candidatura siempre tuvimos claro que la misión principal era que nuestro comité de empresa viera la luz y no la pertenencia o no a dicho comité.

Por ello nos limitamos a confeccionar una lista sin ordenación alguna para presentar el preaviso en el Gobierno Vasco, punto a partir del cual se desencadenan todos los acontecimientos que culminarán en la próxima votación del día 28 de Mayo y en la constitución del comité de empresa de Serikat.

Nuestra intención era hacer una lista lo más amplia posible, que reflejara la pluralidad existente en la empresa. Es por ello que en la candidatura conviven tanto personas afiliadas a diferentes sindicatos como personas sin afiliación sindical. Creemos y así lo hemos manifestado en repetidas ocasiones que esta pluralidad es una ventaja añadida en la creación de este primer comité. Se han producido también ampliaciones de la lista presentada para incorporar a nuevos compañeros y compañeras que compartían el mismo interés de la creación del comité. 

En la candidatura asimismo conviven aquellos que han mostrado su interés en formar parte activa del comité que sea creado, con aquellas personas que integrándose en la candidatura prefieren no formar parte activa de dicho comité y quedarse en puestos para casos de sustitución (como todos sabemos el comité contendrá 9 miembros), pero que han querido mostrar su compromiso con la iniciativa formando parte de la lista que ha enviado el preaviso.

Por todo ello, hasta este momento nunca hemos definido la lista definitiva y ordenada que se va a presentar (requisito indispensable en la fase de presentación de candidaturas). Ni siquiera teníamos definido el sistema por el cual dicha lista iba a ser creada.  Hemos barajado distintos sistemas y optado por realizar una votación que determinará cuál iba a ser el sistema utilizado para confeccionar la lista definitiva y ordenada. El resultado de dicha votación ha sido que seremos los integrantes de esta candidatura los que mediante votación secreta escogeremos el orden definitivo de la candidatura que se presentará antes del día 13 de Mayo (según el último calendario electoral) y respetando el deseo de aquellas personas que han optado por quedarse como sustitutos.

Dicha votación se realizará en breves días y el resultado de la misma condicionará la lista definitiva y ordenada que se presentará en los próximos días. Os mantendremos informados de las novedades que se vayan produciendo.

martes, 29 de abril de 2014

Derechos del comité de empresa (Artículo 64 - Estatuto de los Trabajadores)



LA LEGITIMIDAD DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES PARA EXIGIR INFORMACIÓN Y SER CONSULTADO EN TODO LO CONCERNIENTE A LOS TRABAJADORES.

     Los trabajadores tienen derecho a conocer la real situación en la que se encuentra la empresa en la que desempeñan sus tareas profesionales; y en tal sentido, el Estatuto de los Trabajadores confiere a los representantes en el Comité de Empresa la potestad de solicitar información y ser consultados por la dirección de la mercantil al respecto de determinadas cuestiones.
    Veamos, aunque sea brevemente, cuales son algunas de las competencias del Comité de Empresa (Artículo 64. Derechos de información y consulta y competencias):

I.- 

El comité de empresa tendrá derecho a ser informado y consultado por el empresario sobre aquellas cuestiones que puedan afectar a los trabajadores, así como sobre la situación de la empresa y la evolución del empleo en la misma

Se entiende por información la transmisión de datos por el empresario al comité de empresa, a fin de que éste tenga conocimiento de una cuestión determinada y pueda proceder a su examen. Por consulta se entiende el intercambio de opiniones y la apertura de un diálogo entre el empresario y el comité de empresa sobre una cuestión determinada, incluyendo, en su caso, la emisión de informe previo por parte del mismo.


II.- 


El comité de empresa tendrá derecho a ser informado trimestralmente:
a.    Sobre la evolución general del sector económico a que pertenece la empresa.

b.    Sobre la situación económica de la empresa y la evolución reciente y probable de sus actividades
c.    Sobre las previsiones del empresario de celebración de nuevos contratos
d.    De las estadísticas sobre el índice de absentismo y las causas, los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y sus consecuencias



III.- 

También tendrá derecho a recibir información, al menos anualmente, relativa a la aplicación en la empresa del derecho de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres.



IV.- 

El comité de empresa, con la periodicidad que proceda en cada caso, tendrá derecho a:
a.    Conocer el balance, la cuenta de resultados, la memoria.
b.    Conocer los modelos de contrato de trabajo escrito que se utilicen en la empresa.
c.    Ser informado de todas las sanciones impuestas por faltas muy graves.
Asimismo, el comité de empresa tendrá derecho a recibir la copia básica de los contratos y la notificación de las prórrogas y de las denuncias correspondientes a los mismos en el plazo de diez días siguientes a que tuvieran lugar.


V.- 

El comité de empresa tendrá derecho a ser informado y consultado sobre la situación y estructura del empleo en la empresa o en el centro de trabajo.
Asimismo, tendrá derecho a ser informado y consultado sobre todas las decisiones de la empresa que pudieran provocar cambios relevantes en cuanto a la organización del trabajo y a los contratos de trabajo en la empresa. Igualmente tendrá derecho a ser informado y consultado sobre la adopción de eventuales medidas preventivas, especialmente en caso de riesgo para el empleo.

El comité de empresa tendrá derecho a emitir informe, con carácter previo a la ejecución por parte del empresario de las decisiones adoptadas por éste, sobre las siguientes cuestiones:

a.    Las reestructuraciones de plantilla y ceses totales o parciales, definitivos o temporales, de aquélla.
b.    Las reducciones de jornada.
c.    El traslado total o parcial de las instalaciones.
d.    Los procesos de fusión, absorción o modificación del estatus jurídico de la empresa que pueda afectar al volumen de empleo.
e.    Los planes de formación profesional en la empresa.
f.      La implantación y revisión de sistemas de organización y control del trabajo, estudios de tiempos, establecimiento de sistemas de primas e incentivos y valoración de puestos de trabajo.


VI.- 

La información se deberá facilitar por el empresario al comité de empresa de una manera y con un contenido apropiados, que permitan a los representantes de los trabajadores proceder a su examen adecuado y preparar, en su caso, la consulta y el informe.
La consulta deberá realizarse, salvo que expresamente esté establecida otra cosa, en un momento y con un contenido apropiados, y de tal manera que permita a los representantes de los trabajadores, sobre la base de la información recibida, reunirse con el empresario, obtener una respuesta justificada a su eventual informe y poder contrastar sus puntos de vista u opiniones con objeto, en su caso, de poder llegar a un acuerdo sobre las cuestiones indicadas.
Los informes que deba emitir el comité de empresa deberán elaborarse en el plazo máximo de quince días desde que hayan sido solicitados y remitidas las informaciones correspondientes.


VII.- 

El comité de empresa tendrá también las siguientes competencias:
a.    Ejercer una labor:
1.  De vigilancia en el cumplimiento de las normas vigentes en materia laboral, de seguridad social y de empleo, así como del resto de los pactos, condiciones y usos de empresa en vigor, formulando, en su caso, las acciones legales oportunas ante el empresario y los organismos o tribunales competentes.
2.   De vigilancia y control de las condiciones de seguridad y salud en el desarrollo del trabajo en la empresa.
3. De vigilancia del respeto y aplicación del principio de igualdad de trato y de  oportunidades entre mujeres y hombres.
b.  Participar, como se determine por convenio colectivo, en la gestión de obras sociales establecidas en la empresa en beneficio de los trabajadores o de sus familiares.
c.    Colaborar con la dirección de la empresa para conseguir el establecimiento de cuantas medidas procuren el mantenimiento y el incremento de la productividad, así como la sostenibilidad ambiental de la empresa
d.    Colaborar con la dirección de la empresa en el establecimiento y puesta en marcha de medidas de conciliación.
e.    Informar a sus representados en todos los temas y cuestiones señalados.

Como puede comprobarse del breve resumen, muchas son las competencias y potestades que confiere la Ley a los Representantes de los Trabajadores... necesarias por otra parte, para poder velar, defender los derechos e intereses de los compañeros que representan.